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Orden de alejamiento en violencia de género: qué falla en el sistema y cómo protegerte de verdad
Silvia Monfort · Andrés Giordana · Abogados penalistas · Actualizado: mayo 2026 · Consulta gratuita 24h
Caso real (datos anonimizados)
Ana llevaba meses viviendo con miedo. Había denunciado, había conseguido una orden de alejamiento y el agresor había sido condenado en juicio rápido el día anterior. Sin embargo, pocas horas después de aquella condena, él volvió a buscarla. El sistema había fallado en el eslabón más crítico: la puesta en libertad sin control efectivo. Casos como el de Ana nos recuerdan cada día por qué la vigilancia jurídica constante salva vidas, y por qué en MonfortGiordana actuamos sin esperar.
El pasado 19 de mayo de 2026, un hombre mató a su pareja a cuchilladas en plena calle de Figueres. Tenía una orden de alejamiento por violencia de género vigente y la había quebrantado ya en dos ocasiones anteriores. La tragedia ha conmocionado a toda España y ha reabierto un debate urgente: ¿qué falla cuando una orden de alejamiento no protege? En este artículo te explicamos cómo funciona este mecanismo legal, cuáles son sus límites reales y, sobre todo, qué puedes hacer para protegerte de forma efectiva.
Qué es una orden de alejamiento y qué te garantiza
La orden de alejamiento es una medida cautelar o pena accesoria que prohíbe al agresor acercarse a la víctima por debajo de una distancia determinada, generalmente entre 200 y 500 metros. Además, en la mayoría de los casos, incluye la prohibición de comunicación por cualquier medio: teléfono, mensajes, redes sociales o a través de terceros. Por tanto, su objetivo es crear una barrera legal entre el agresor y la víctima.
Sin embargo, es importante entender que se trata de una medida jurídica, no física. La orden crea una obligación legal para el agresor, pero no impide materialmente que se acerque. Por eso, su eficacia real depende de tres factores: la rapidez con la que se tramita, las medidas de control que la acompañan y la respuesta del sistema cuando se incumple. Es decir, una orden sola no basta si no hay seguimiento efectivo detrás.
En España, la orden de protección —que incluye la de alejamiento— puede obtenerse en menos de 72 horas ante el juzgado de guardia. Además, puede solicitarse incluso sin haber interpuesto denuncia previa, aunque la denuncia facilita enormemente el proceso. Por otro lado, puede pedirse de forma urgente en comisaría, en el propio juzgado o a través de los servicios sociales.
El caso de Figueres: cuándo falla el sistema de protección
El crimen de Figueres ilustra con dolorosa claridad los puntos débiles del sistema. El lunes 18 de mayo, el agresor fue condenado en juicio rápido por maltrato y se le impuso una orden de alejamiento por violencia de género de 250 metros durante más de un año. Sin embargo, pocas horas después ya la había incumplido y fue detenido de nuevo por lesiones a la misma víctima.
Al día siguiente, la víctima tenía que comparecer ante el juzgado para la exploración forense, pero no se presentó. En consecuencia, el juez dejó al agresor en libertad. Tan pronto como quedó libre, fue a buscarla y la mató a cuchilladas en plena plaza, a plena luz del día y ante varios testigos. Es decir, en menos de 48 horas el sistema había respondido tres veces y en las tres el agresor había vuelto a la calle.
Este caso pone sobre la mesa varios fallos estructurales que los abogados especialistas en violencia de género conocemos bien. En primer lugar, la falta de dispositivos de control telemático en todos los casos de alto riesgo. En segundo lugar, la ausencia de protocolos que protejan a la víctima cuando no comparece por miedo o dependencia emocional. Por último, la excesiva rapidez con la que se restituye la libertad sin evaluar el riesgo real para la víctima.
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Qué ocurre legalmente cuando se incumple una orden de alejamiento
El quebrantamiento de una orden de alejamiento es un delito autónomo, tipificado en el artículo 468 del Código Penal. Esto significa que se persigue y condena con independencia de que el agresor haya cometido además otros delitos. En consecuencia, la pena puede ser de hasta dos años de prisión solo por el incumplimiento.
No obstante, para que este mecanismo funcione, es imprescindible que la víctima lo comunique de inmediato. Si el agresor te llama, te sigue, se acerca o intenta contactar a través de terceros, debes llamar al 112 en ese momento y documentar cada incidencia. Además, es fundamental que informes a tu abogada para activar la respuesta judicial lo antes posible.
Sin embargo, muchas víctimas no denuncian el quebrantamiento por miedo, por vergüenza o porque siguen vinculadas emocionalmente al agresor. Es precisamente en esos momentos cuando más necesitas el acompañamiento de un equipo jurídico especializado que tome las riendas del proceso y actúe en tu nombre. En MonfortGiordana podemos representarte incluso cuando tú no puedas o no quieras comparecer.
Cómo actuamos en MonfortGiordana
Cuando nos contactas, lo primero que hacemos es evaluar tu situación de riesgo real. No esperamos a que haya más pruebas: tu relato es el punto de partida. A partir de ahí, actuamos en cuatro fases que cubren todo el proceso de protección jurídica.
- Evaluación urgente del riesgo — analizamos los hechos y decidimos la vía más rápida para protegerte, incluyendo la solicitud de orden de protección de urgencia si es necesario.
- Solicitud y tramitación de la orden — preparamos toda la documentación, te acompañamos a la comparecencia judicial y nos aseguramos de que la orden quede correctamente registrada y comunicada a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Seguimiento activo — no desaparecemos una vez conseguida la orden. Vigilamos su cumplimiento y actuamos de forma inmediata si detectamos cualquier incumplimiento.
- Acusación particular y reclamación de indemnización — te representamos como acusación particular para que el agresor responda penalmente y para reclamar la indemnización que te corresponde por los daños sufridos.
Actuamos en 24 horas
La violencia de género no espera. Por eso, en MonfortGiordana recibimos consultas urgentes cualquier día de la semana. Puedes llamarnos directamente o escribirnos y te respondemos en menos de 24 horas. Tu defensa es nuestra prioridad desde el primer momento.
Y un último apunte. ¿por qué no se pone la pulsera también a la víctima?. ¿crees que esto ayudaría a que la víctima estuviera más protegida?
El argumento es que al estar las dos pulseras juntas, salte el aviso de que se está incumpliendo la orden de alejamiento, con el consiguiente peligro para la víctima.
Te leemos en el formulario que hay después de las preguntas frecuentes. Danos tu opinión.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir una orden de alejamiento sin haber denunciado antes?
Sí. La orden de protección puede solicitarse directamente ante el juzgado de guardia, en comisaría o a través de servicios sociales sin necesidad de denuncia previa. Sin embargo, contar con pruebas de las agresiones facilita que el juez la conceda con mayor rapidez. Por tanto, documenta todo lo que puedas: mensajes, fotos de lesiones, testigos.
¿Qué hago si el agresor incumple la orden y se acerca a mí?
Llama al 112 inmediatamente. El incumplimiento de la orden es un delito autónomo penado con hasta dos años de prisión según el artículo 468 del Código Penal. Además, informa a tu abogada lo antes posible para activar la respuesta judicial y solicitar medidas de control más estrictas, como el dispositivo telemático.
¿Es suficiente la orden de alejamiento para estar segura?
La orden es un instrumento legal imprescindible, pero no una barrera física. Su eficacia real depende del control que se establezca sobre el agresor y de la respuesta del sistema ante incumplimientos. Por eso, es fundamental contar con representación jurídica especializada que supervise el cumplimiento y actúe de inmediato si hay cualquier señal de alerta.
¿Puedo reclamar una indemnización como víctima de violencia de género?
Sí. Como víctima tienes derecho a ejercer la acusación particular y reclamar una indemnización por los daños físicos, psicológicos y materiales sufridos. En MonfortGiordana te representamos en todo el proceso penal y nos encargamos de que el agresor responda también económicamente por el daño que te ha causado.
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