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Indemnización por accidente de tráfico: por qué no debes firmar la primera oferta

Silvia Monfort · Andrés Giordana
 ·  Abogados penalistas
 ·  Actualizado: Agosto 2026
 ·  Consulta gratuita 24h

Caso real (datos anonimizados)

Un motorista sufrió una fractura de tibia al ser arrollado por un vehículo que se saltó un ceda el paso. La aseguradora le ofreció 4.200 euros a las tres semanas del accidente. Revisamos su informe médico y detectamos secuelas y un perjuicio estético que la oferta ignoraba por completo. Reclamamos aplicando correctamente el baremo legal y la indemnización final superó los 19.000 euros.

Cada año, miles de personas aceptan una indemnización por accidente de tráfico muy por debajo de lo que les corresponde. Lo hacen porque la aseguradora ofrece rapidez y ellos necesitan el dinero cuanto antes. Sin embargo, esa prisa suele salir cara. En este artículo te explicamos cómo funciona realmente el baremo legal. También te contamos por qué conviene revisar cualquier oferta antes de firmarla.

Qué es el baremo de accidentes de tráfico

El baremo es el sistema legal que fija cómo se calcula la indemnización por accidente de tráfico en España. Lo regula la Ley 35/2015, de 22 de septiembre. Esta norma sustituyó al baremo anterior, mucho más limitado. Actualmente distingue tres grandes situaciones: las lesiones temporales, las secuelas permanentes y el fallecimiento. Además, dentro de cada una, valora conceptos muy distintos. No es lo mismo el tiempo de baja que una cicatriz visible, o la pérdida de movilidad en una articulación. Por eso, calcular bien una indemnización exige revisar cada partida por separado, no solo sumar una cifra global.

Qué conceptos suelen quedarse fuera de la oferta inicial

La primera oferta de la aseguradora suele centrarse solo en los días de baja. Sin embargo, el baremo reconoce muchos más conceptos indemnizables. Entre ellos están:

  • El perjuicio personal básico, por cada día de recuperación.
  • Las secuelas permanentes, valoradas según su gravedad.
  • El perjuicio estético, si queda alguna marca visible.
  • El perjuicio moral por pérdida de calidad de vida.
  • Los gastos médicos y la pérdida de ingresos reales.

Muchas de estas partidas exigen un informe médico detallado. Sin ese informe, es fácil que la aseguradora las pase por alto. Por eso, antes de aceptar cualquier oferta, conviene revisar si todos estos conceptos están realmente incluidos.

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Por qué el baremo cambia cada año

Las cuantías del baremo no son fijas para siempre. Se actualizan cada año mediante una resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Esto significa que las tablas de 2026 no son las mismas que las de años anteriores. En consecuencia, es fundamental aplicar siempre la tabla vigente en el momento del accidente. Un error en este punto, aunque parezca pequeño, puede reducir bastante el importe final. Por eso, revisar qué tabla ha usado la aseguradora es uno de los primeros pasos que damos en cada caso.

Indemnización por accidente de tráfico: abogados de AbogadosMonfortGiordana evaluando un siniestro

En AbogadosMonfortGiordana revisamos cada accidente de tráfico para reclamar la indemnización real, no la primera oferta de la aseguradora

Además de las lesiones, el baremo también regula qué ocurre cuando el accidente causa un fallecimiento. En ese supuesto, la indemnización corresponde a los familiares más cercanos: cónyuge, hijos, padres o hermanos, según el caso. La cuantía varía en función del vínculo con la víctima y de si existían personas a su cargo. También se valora si hubo convivencia y dependencia económica. Estos casos requieren especial delicadeza. Por eso, en MonfortGiordana acompañamos a la familia durante todo el proceso. Además, nos aseguramos de reclamar cada concepto al que tiene derecho.

Qué pasa si hubo alcohol o drogas de por medio

Si el conductor causante circulaba bajo los efectos del alcohol o las drogas, el caso cambia de naturaleza. Ya no es solo un asunto civil de indemnización. Puede constituir un delito contra la seguridad vial, regulado en el artículo 379 del Código Penal. En estos casos, además de reclamar la indemnización que corresponda, es habitual personarse como acusación particular en el proceso penal. Esto permite exigir responsabilidad penal al conductor, y no solo una compensación económica. Por eso, ante un accidente con alcoholemia o drogas, conviene actuar en las dos vías a la vez.

También puede constituir delito negarse a hacer la prueba de alcoholemia o drogas. El artículo 383 del Código Penal castiga esa negativa igual que si se hubiera dado positivo. Por tanto, negarse no libra de responsabilidad. Al contrario, suele agravar la situación del conductor. En estos procedimientos revisamos siempre la vía penal. También comprobamos si existe alguna aseguradora obligada a responder por los daños causados.

Los errores más comunes al reclamar una indemnización

Hay varios errores que se repiten en muchos casos. El primero es firmar el finiquito antes de terminar el tratamiento médico. Esto impide reclamar después por secuelas que aún no se conocían. El segundo es no acudir al médico tras el accidente, aunque el dolor parezca leve al principio. Muchas lesiones, como el latigazo cervical, tardan días en manifestarse con claridad. El tercer error es confiar solo en el perito de la aseguradora, sin contar con un informe médico independiente.

Por último, muchas personas desconocen que pueden reclamar aunque ya hayan cobrado un primer pago. Si ese pago fue solo un anticipo, la reclamación del resto sigue siendo posible. En cambio, si se firmó un finiquito total, la situación se complica bastante. Precisamente por eso, insistimos siempre en revisar cualquier documento antes de firmarlo.

Otro error frecuente es no valorar bien el impacto psicológico del accidente. Muchas víctimas desarrollan ansiedad o miedo a conducir después de un choque grave. Ese daño psicológico también es indemnizable dentro del perjuicio moral. Sin embargo, requiere un informe de un profesional de la salud mental que lo acredite. Sin ese informe, resulta muy difícil incluirlo en la reclamación. Por eso animamos a nuestros clientes a no minimizar cómo se sienten tras el accidente. Al principio, las lesiones físicas suelen parecer lo único importante.

Cómo actuamos en MonfortGiordana

En MonfortGiordana revisamos primero todo el historial médico de la persona afectada. A continuación, comprobamos qué tabla del baremo debería aplicarse según la fecha del accidente. Después, calculamos cada partida por separado: días de baja, secuelas, perjuicio estético y perjuicio moral. Solo entonces comparamos ese cálculo con la oferta de la aseguradora. Si detectamos partidas olvidadas o mal valoradas, negociamos directamente con la compañía. Cuando la negociación no basta, presentamos la reclamación judicial correspondiente. Además, si hubo alcohol, drogas o cualquier infracción penal, nos personamos también en el procedimiento penal como acusación particular.

Qué documentación conviene guardar desde el primer momento

Desde el mismo día del accidente, conviene guardar todos los informes médicos, incluidos los de urgencias. También es importante conservar el parte del atestado policial, si lo hubo. Las facturas de rehabilitación, fisioterapia o medicación también cuentan en el cálculo final. Cuanta más documentación exista, más fácil resulta acreditar cada partida del baremo ante la aseguradora o el juzgado.

Cuánto tiempo suele durar el proceso

La duración depende de si el caso se resuelve por la vía extrajudicial o por la vía judicial. Una negociación directa con la aseguradora puede cerrarse en pocos meses. Sin embargo, si hace falta presentar una demanda, el proceso se alarga bastante más. También influye el momento en que las secuelas quedan estabilizadas. Hasta que un médico no certifica esa estabilización, no puede fijarse el importe definitivo de la indemnización. Por esta razón, conviene tener paciencia sin dejar de exigir lo que corresponde en cada fase del proceso.

Preguntas frecuentes

¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO?

Por lo general, dispones de un año desde que las secuelas quedan estabilizadas. No obstante, conviene actuar cuanto antes para no perder documentación importante.

¿PUEDO RECLAMAR MÁS DINERO SI YA FIRMÉ LA OFERTA DE LA ASEGURADORA?

Depende de qué firmaste exactamente. Algunos documentos son solo un anticipo, mientras que otros cierran el caso por completo. Por eso, antes de firmar nada, conviene que lo revise un abogado.

¿QUÉ PASA SI EL CONDUCTOR RESPONSABLE NO TENÍA SEGURO?

En ese caso, puede reclamarse al Consorcio de Compensación de Seguros. Este organismo asume la indemnización cuando no hay aseguradora que responda.

¿ES OBLIGATORIO ACEPTAR LA PRIMERA OFERTA DE LA ASEGURADORA?

No, nunca es obligatorio. Tienes derecho a rechazarla y a reclamar la cantidad que realmente corresponda según el baremo legal.

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